Comunicado de prensa riñe con información dada por funcionaria
Redacción
La Universidad Nacional (UNA) pide a los estudiantes como requisito de graduación completar un formulario que solicita información personal relacionada con temas de salud, familiares y laborales.
Así lo corroboró este medio de comunicación tras la denuncia de José Pablo Pérez, alumno de la Maestría en Administración de las Tecnologías de la Información (MATI) de la Escuela de Informática de la UNA.
El Programa de Gestión de Tecnologías de la Información (Progestic) pide datos relacionados con el salario devengado por el futuro profesional, así como las horas extras trabajadas e información del empleador para según la universidad, obtener indicadores de desempeño del egresado. Asimismo, requiere detalles de diagnósticos médicos a los que se refiere como “limitaciones” del habla, auditivas o físicas.
Padecimientos llamados de una forma desactualizada como “retardo mental”, además de, Síndrome de Down, Déficit Atencional, Esquizofrenia, Ansiedad o Bipolaridad son datos pedidos en el formulario en línea del Consejo Nacional de Rectores (Conare). También requieren información de los padres, como nacionalidad y nivel de estudio.
Pérez indicó a la UNA por medio de correo electrónico el 21 de junio de 2021 que no deseaba compartir información privada en la boleta de graduados del Conare, inmediatamente consulta si es requisito de graduación.
Angeline Flores funcionaria del centro de enseñanza superior responde -un día después- que es obligatorio llenar la boleta por disposición del Conare y por el Departamento de Registro de la UNA, indica en el correo del cual este medio tiene copia, que es parte de los requisitos de graduación.
Se consultó al Conare si esta disposición es de índole obligatoria, la oficina de prensa envío un comunicado del Alma Mater titulado “UNA no condiciona entrega de títulos a cambio de información personal”.
En este se advierte que no es de índole obligatorio el llenar la información, incluso menciona que está en el estudiante el hacerlo.
Esto riñe con lo indicado por Flores en el correo electrónico antes del comunicado de prensa (14 de junio de 2021), ya que además de chocar en la información, el correo electrónico si cuenta con sustento legal, algo que un boletín de prensa carece.
La información dada en el correo electrónico atenta con el Artículo 1 de la Ley N. 8968 “Ley de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales”, la cual indica que nadie está obligado a entregar datos personales.
Se consultó a varios abogados, coinciden que lo escrito por la funcionaria transgrede el derecho de la persona.
Se consultó a la oficina de prensa de la UNA sobre el sustento legal de lo externado en el correo electrónico y las medidas administrativas de ese acto, indicaron que elevaran el caso a la Rectoría.