Redacción
Con la entrada en vigencia del nuevo Reglamento a la Ley 9036 del Instituto de Desarrollo Rural (Inder) los pequeños productores y organizaciones tendrán mejores oportunidades de créditos con tasas de interés menores, aseguran en esa institución.
La publicación del decreto N. 43102-MAG en el Diario Oficial la Gaceta en su alcance N. 165, incluye cambios en los servicios que brinda el Inder, entre los que se incluyen agilización en los procesos para que las personas que recibieron tierras de la entidad años atrás, puedan adquirir los títulos de propiedad y homologa la tasa de interés de los créditos a un máximo del 6%, estableciendo tasas diferenciadas para poblaciones vulnerables.
Las personas que desarrollen prácticas ambientales acordes con los principios de sostenibilidad vinculados al Plan Nacional de Descarbonización y para la rehabilitación de actividades impactadas en más de un 50% que hayan sido afectadas por fenómenos naturales también se verán beneficiados, aseguró el Inder que se implementará un 2% menos en la tasa de interés.
La modificación al reglamento ejecutivo de la Ley 9036 “Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural”, fue suscrito por el presidente de la República, Carlos Alvarado y el ministro de Agricultura y Ganadería, Renato Alvarado. Con esto pretenden mejorar la condición y calidad de vida de las personas en zonas rural.
Estas reformas fueron impulsadas por el Inder desde el 2020, con el fin de modificar artículos de dicho documento normativo, con el objetivo de contar con la base de apoyo legal para acelerar y mejorar la prestación de servicios claves para sus beneficiarios.
Las reformas abarcan dos áreas, el acceso al crédito y la titulación de tierras.
En el primero, se busca además de la homologación de la tasa de interés para personas físicas y jurídicas sin fines de lucro, establecer condiciones para tasas de interés diferenciadas de manera automática. 2% menos para poblaciones identificadas como constitucionalmente vulnerables, es el caso de mujeres, jóvenes, adultos mayores, personas con discapacidad y minorías étnicas.
Se amplía el acceso al crédito
Además, de actividades productivas relacionadas con el agro, se podrán incorporar solicitudes para cualquier actividad productiva y económica vinculada con la Ley 9036.
Se permitirá la compra de tierra con o sin infraestructura para el desarrollo de proyectos productivos, dirigidos al desarrollo de actividades agropecuarias, comercio, industria y servicios.
Los pequeños y medianos productores, así como personas físicas, podrán acceder a créditos de Inder, para la compra de deudas donde la garantía del crédito fuera inmobiliaria, esto en los casos en que se determine el interés del Inder en apoyar la actividad productiva que dio origen a la deuda.
Con respecto a la titulación de tierras, el nuevo reglamento incorpora cambios para muchas familias rurales a quienes la institución no ha logrado resolver su condición de seguridad jurídica, a pesar de tener su derecho otorgado por Junta Directiva hace mucho tiempo atrás, es decir, las familias no tendrán que cumplir las denominadas limitaciones. Así por ejemplo, el nuevo reglamento acepta la posesión derivada transmitida con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley, considerando para cada caso particular, realizada por los medios legalmente establecidos para trámites de tierras.
Sobre el valor de la tierra, las modificaciones incluyen el cálculo del costo de la tierra en las asignaciones para que el precio sea pagado en 25 cuotas anuales fijas y que durante los primeros cinco años, no se cobrará intereses, esto con el fin de incentivar la actividad productiva.
Para acceder a cada uno de estos servicios, el Inder establece una serie de requisitos que los beneficiarios deberán cumplir, en el marco de lo que establece la Ley 9036.