Definen nuevos parámetros para clasificar a los pymes agropecuarios

Comparativo entre el anterior y el nuevo modelo de clasificación de los Pympa.

Redacción

El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) estableció el nuevo parámetro según el ingreso recibido para categorizar a los productores como micro, pequeñas o medianas unidades.

La acción se da mediante reforma a los incisos 5, 6 y 7 del artículo 7 del Reglamento a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD). El Ministerio pretende hacer más inclusivo y dirigido el acceso a los recursos disponibles.

Renato Alvarado Rivera, titular del MAG indicó que esta manera de definición se ajusta a la realidad de las personas que laboran y producen en el sector agropecuario.

La Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria del MAG realizó un estudio técnico para la nueva categorización. Utilizó como base de información los costos de producción por hectáreas de los productos agropecuarios, con respecto a los avíos. También tomó la cantidad de hectáreas establecidas por tamaño de productor para la condición de Pequeños y Medianos Productores Agropecuarios (Pympa).

Los márgenes de utilidad; proyección de actividad industrial, comercial y de servicios que incluyen la definición de la Ley SBD fueron considerados en el estudio.

“A partir de esta información, se adecuó el tamaño del Pympa a la realidad nacional del sector, pero sin modificar el tamaño de medianos productores agropecuarios, por lo cual no se excluye ningún sujeto beneficiario actual del SBD”, detalló Alvarado.

Los costos de producción por hectárea de los productores de piña y de la categoría de plantas, flores y follaje son muy elevados, por lo que se aplica de una manera diferente a estas, ya que de hacerlo causaría distorsión si se incluyera en la fórmula que aplica al resto de actividades.

El SBD debe dirigir el 40% de sus recursos al Sector Agropecuario, de los cuales el 60% deben ser Pympa, según lo establece la Ley N. 8634 de la cual nace.

“La clasificación actual definida en el Decreto Ejecutivo N° 38906-MEIC-MAG-MH MIDEPLAN es desproporcional a los ingresos brutos anuales del sector agropecuario, ya que es una escala que no considera los costos reales de producción y márgenes de utilidad de los distintos rubros agropecuarios, con respecto al tamaño de finca de un pequeño y mediano productor según el Decreto Ejecutivo N° 37911-MAG”, finalizó el ministro y rector del Sector Agropecuario, Renato Alvarado.

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