Lic. Melvin Morera Venegas
Primero dar gracias a Dios Padre, de una vez entramos en materia, la noticia de la semana, Allison Bonilla, desaparecida en marzo de 2020, en un lugar de Cartago, después de muchos esfuerzos e investigaciones de las autoridades, se da inicio un proceso judicial en forma, al parecer un vecino de la joven la violento en su integridad y la llevo a la muerte, según las últimas noticias.
Esta desgracia afecta a la familia de Bonilla, a la familia de alias ¨Nelson¨, al pueblo cartaginés y en general a nuestro país, lamentablemente para todos,una vida en plena etapa de crecimiento, se apaga.Daremos un vistazo por las normas jurídicas más comunes, que se utilizarán para resolver este asunto.
Primero, comentaré que esta semana se observan en redes sociales diferentes fuerzas vivas llamando algunas manifestaciones para alzar la voz, en vista de que las políticas de Estado, no han sido eficientes en este tema, más bien, la violencia sigueen aumento, una gran cantidad de ciudadanos exponen su indignación en las redes y en diversos medios a su alcance.
En concreto del caso, se inició, en los Tribunales de Cartago, con la imposición de la prisión preventiva, que es una medida que priva la libertad de tránsito del imputado, está la emite el juez una vez realizado el estudio del expediente que aporto la Fiscalía, con la información que integró el OIJ, antes de una sentencia en firme, se imponen porque existen presupuestos, como son que se fugue y no afronte el proceso o que obstaculice a los testigos o los intimide, ubicado en el artículo 235 del Código Procesal Penal, en adelante.
En tercer lugar, daremos una vuelta por las regulaciones normativas que en sentido macro, castigan esos comportamientos, un análisis, de la situación jurídica de ¨Alias Nelson¨, la desglosamos desde nuestro Código Penal, la norma impositivaque se utiliza para sancionar este tipo de conductas.
Para el caso, que se demuestre que existió una violación calificada, el castigo de será de doce a dieciocho años, para lo que pudo haber pasado en este caso, especulando, existe la posibilidad, de haber sido en concurso con una o más personas; la cual sería la pena más gravosa, claro está, esos años por cada una de las consumaciones perpetradas.
En cuanto a cruel asesinato, el articulo 112, del mismo cuerpo normativo, califica un homicidio como calificado con una pena de 20 a 35 años, a quien mate con alevosía o ensañamiento, causas de son creíbles, para el caso de Allison, desde el conocimiento noticioso de la causa, utilizando durante este artículo solo las diferentes fuentes noticiosas nacionales.
Se dice que el hoy imputado confesó, recuerdo un par se condenas, donde no apareció el cuerpo de la víctima, sin embargo, no es la regla, la confesión, no es una prueba que se asume a cabalidad, incluso en el proceso, el imputado puede cambiar su versión de los hechos, aunque tiene cierto peso y puede poner en conocimiento de las autoridades, detalles que esclarezcan el hecho.
Desde fuera del expediente, pareciera que no sucedió lo que está escrito en la Ley 8589, lallamada Ley de Penalización de la Violencia Contra las mujeres, que el artículo 21 reza, – Femicidio Sele impondrá pena de prisión de veinte a treinta y cinco años a quien dé muerte a una mujer con la que mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no. Al menos en apariencia, no es el caso, por el momento.
Si bien es cierto, el asunto es doloroso,diagnosticar el resultado, en este caso que losmedios de comunicación hacen su parte, revictimizando a la familia Bonilla, con el afán demantenernos informados, en sarcasmo lo expreso, lo más importante de todo este asunto es solidarizarnos con ellos, que Dios les de la fortaleza que se requiere para afrontar esta situación, mientras nosotros intentamos tomar las medidas de protección necesarias, para proteger a las nuestras, para que no se incremente la violencia. Nos veremos pronto.
Abogado especialista en Derechos Humanos lic.melvinmorera@gmail.com