A partir del primer minuto del 19 de agosto entró a regir la Ley de moratoria del Impuesto de Venta Agregado (IVA), para los servicios turísticos que estén inscritos ante el Instituto Costarricense de Turismo (ICT).
Así lo dio a conocer la oficina de prensa de Casa Presidencial en un comunicado, después que el presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada firmara la ley que exonera del IVA al sector turismo.
Los primeros dos años de vigencia de la Ley 9635, “Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” estarán exentos de acuerdo a la reforma realizada en el transitorio IX del título V, capítulo I, del 3 de diciembre de 2018.
Para el tercer y cuarto año de vigencia de la Ley 9635, se establece que el comercio turístico tendrá una tarifa reducida del 4 % y el 8 % respectivamente, finalizando el 1ero. De julio de 2023. En el quinto año se equiparará a una tarifa general del impuesto sobre el valor agregado.
La declaración y pago al fisco de las obligaciones tributarias devengadas desde el 1 de julio de 2020 hasta la entrada en vigencia de la reforma contenida en la ley se deben mantener en los términos previstos en la Ley 9635.