Redacción
La presentación del código QR para ingresar al comercio costarricense queda suspendida provisionalmente después que el Tribunal Contencioso Administrativo del II Circuito Judicial de San José ordenara al Gobierno de la República paralizar la exigencia que planeaba implementar a partir de diciembre próximo.
El Tribunal admitió una medida cautelar provisionalísima anta causam planteada por empresarios turísticos que se oponen a la directriz impulsada por el Poder Ejecutivo. Alegaban que nunca fueron escuchados por parte de las autoridades para llegar a un acuerdo consensuado, lo que los motivo a emprender la acción.
«Se admite la presente solicitud cautelar, por lo que se ordena la suspensión inmediata de los efectos de la resolución del Ministerio de Salud número MS-DM-8119-2021 del 14 de octubre de 2021, únicamente en tanto ordena la demostración de un esquema de vacunación a través de un código QR, el cual se dispuso como de verificación obligatoria tanto para los establecimientos comerciales señalados en la resolución indicada, como para los particulares o usuarios de los mismos», parte del por tanto de la resolución.
Además, ordena al presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada; al ministro de Salud, Daniel Salas Pereza; a la ministra de Ciencia y Tecnología, Paola Vega Castillo; a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) abstenerse de realizar cualquier conducta tendiente a la implementación del código QR a nivel comercia, social, laboral, turístico, recreativo o cualquier otro, “hasta tanto no sea resuelto por el fondo el presente asunto”.
La medida cautelar provisionalísima ante causam fue interpuesta fuera de horario, por lo que se espera que el lunes se asigne número de expediente y se turne a los jueces especializados en medidas cautelares. Estos deben convocar a una audiencia a fin de decidir si la disposición se mantiene o se suspende.
La oficina de prensa de Casa Presidencial informó que no han sido notificados, esperarán a conocer el alcance de la medida del Contencioso para emitir criterio.